Saturday, June 13, 2015

LECCIONES DE COOPERATIVISMO.
Asamblea Convocada por el Consejo de Vigilancia
ART. 31 LEY DE COOPERATIVAS
16. Convocar a asamblea general cuando   el consejo de administración     requerido por el propio consejo de vigilancia no lo hiciere en cualquiera de los siguientes casos:

16.1 En los plazos y para los fines imperativamente establecidos por el        estatuto;
16.2 Cuando se trata de graves infracciones de la ley, del estatuto y/o de los acuerdos de la asamblea general en que incurrieren los órganos fiscalizados.




¿Puedo el Consejo de Administración desestimar o anular dicha convocatoria ?
NO .  La Ley de cooperativas no le ha dado dicha facultad
Quien dirige dicha asamblea convocada el presidente del Consejo  administración  o el presidente de vigilancia ?
La dirige quien la convoco el Presidente del Consejo de Vigilancia.
. Si no tengo el libro de Actas  Asambleas porque el Consejo de administración no lo quiere entregar qué debo hacer?
Realizar la asamblea convocada por consejo de vigilancia con presencia del Notario